LIBERTAD CONDICIONAL COMO SUSTITUTIVA DE LA PENA DE PRISIÓN

Artículo 64: El juez, previa valoración de la conducta punible, concederá la libertad condicional a la persona condenada a pena privativa de la libertad cuando haya cumplido con los siguientes requisitos:

1. Revisar si cumple con los requisitos para acceder al beneficio de Libertad condicional. Esto lo puedes realizar a traves de nuestra herramienta totalmente gratis, solo diligencia el formulario y listo, sabrás si cumples con los requisitos.

2. La solicitud de libertad condicional debe ir acompañada de la resolución favorable del consejo de disciplina, o en su defecto del director del establecimiento carcelario, copia de la cartilla biográfica.

3. El juez en el estudio de la solicitud deberá hacer una valoración de la conducta punible (delito y manera en que se ejecutó) y del cumplimiento de los requisitos para la libertad condicional (ocho días).

Si se considera que es posible concederla, el beneficiario de esta figura deberá:

Informar todo cambio de residencia.

Tener buena conducta.

Reparar los daños ocasionados con el delito, a menos que se demuestre que está en imposibilidad económica de hacerlo.

Presentarse personalmente ante la autoridad judicial que vigile el cumplimiento de la sentencia, cuando sea requerido.

No salir del país sin previa autorización del funcionario que vigile la ejecución de la pena.

Si no cumple con las obligaciones de este beneficio, pueden revocar de la medida de prisión domiciliaria.

La libertad condicional podrá ser revocada en los siguientes casos:

Si durante el período de prueba el condenado violare cualquiera de las obligaciones impuestas, se ejecutará inmediatamente la sentencia en lo que hubiere sido motivo de suspensión y se hará efectiva la caución prestada. Igualmente, si transcurridos noventa días contados a partir del momento de la ejecutoria de la sentencia en la cual se reconozca el beneficio de la suspensión condicional de la condena, el amparado no compareciere ante la autoridad judicial respectiva, se procederá a ejecutar inmediatamente la sentencia.

Requisitos At. 64

Pena cumplida en días (Redimida)